Resumen | |
[J] | Propiedad horizontal. Rehabilitación de fachada. Fachada trasventilada. Obras de conservación que solo exigen mayoría de los comuneros. No pueden calificarse como mejora. Pago según cuota de participación en elementos comunes. Actos propios.(publicado en Actualidad Diaria 41 el 13 de mayo de 2020) |
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Los presentes recursos traen causa de la demanda en la que se solicitaba la nulidad de acuerdos adoptados por una junta de propietarios (con fechas de 26 de septiembre de 2013 y de 14 de noviembre de 2013), así como que se declarase el derecho los actores a no abonar la derrama o importe alguno por la obra a realizar en la fachada del inmueble, consistente en instalar una fachada trasventilada. Por la comunidad de propietarios demandada se formuló oposición a la demanda, alegando, en síntesis, la solución de instalar una fachada trasventilada, como única solución constructiva viable y duradera para acabar con los problemas que padece el inmueble de manera definitiva. Por el juzgador de primera instancia se estimó íntegramente la demanda interpuesta, al considerar acreditado, de acuerdo con la prueba pericial practicada, que la instalación de la fachada trasventilada suponía una mejora, no una obra de reparación, no siendo precisa para solucionar los problemas que padecía, de forma que no pueden realizarse innovaciones en un elemento común que hagan inservible alguna parte del edificio para el uso y disfrute de un propietario, si no consta su consentimiento expreso. En consecuencia, se declara la nulidad de los acuerdos con la condena a restituir a los actores las cantidades abonadas.
Formulado recurso de apelación por la comunidad de propietarios demandada, la Audiencia Provincial con estimación del recurso de apelación, desestimó la demanda formulada. El Supremo estima parcialmente el recurso. | |
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